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Inicio de Trámites Migratorios de Autoridades Religiosas Inscriptas en Argentina

El Inicio de Trámites Migratorios de Autoridades Religiosas Inscriptas en Argentina a través de la Dirección General del Registro Nacional de Cultos.

Requisitos para el Inicio de Trámites Migratorios de Autoridades Religiosas Inscriptas en Argentina

Debe ser solicitada y firmada por autoridad con firma registrada en el Registro Nacional de Cultos. Los documentos en idioma extranjero deberán acompañarse de traducción efectuada por traductor matriculado (art. 28, Decreto 1759/72).

Enlace | Inicio de Trámites Migratorios de Autoridades Religiosas Inscriptas

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