Presentación Externa de una Rectificación de la Declaración de Exportación en Argentina

Presentación Externa de una Rectificación de la Declaración de Exportación en Argentina es en el caso en que haya habido una modificación en la Declaración de Exportación, respecto a los datos de bandera, medio o agente de transporte que hayas declarado originalmente podés ingresar al SITA para modificarlo.

Procedimiento para la Presentación Externa de una Rectificación de la Declaración de Exportación

El procedimiento para la Presentación Externa de una Rectificación de la Declaración de Exportación es el siguiente.

  • Ingresá al Sistema Informático Malvina (SIM) y dentro del menú “Trámite” elegí la opción “Rectificación de la declaración de exportación”.
  • En la sección “Datos de Referencia” ingresá el número de la declaración de exportación que quieras modificar y cliqueá en el botón “Agregar”.
  • En esta pantalla podés cargar cualquiera de estas opciones: (1) Agente de Transporte (CUIT-Razón Social), (2) Medio de Transporte, o (3) Código de Bandera.
  • Tené en cuenta que para ingresar el Código de Bandera va a aparecer un Buscador que te va a ayudar a encontrar el código que necesitás ingresando las primeras letras del nombre del país. Seleccioná el país que corresponda y cliqueá en “Aceptar”.
  • Las opciones que elijas se traen a la pantalla principal. Cuando hayas completado la carga de datos hacé clic en el botón “Finalizar Carga”.
  • Validación de Datos: Una vez que hayas cliqueado en “Finalizar Carga” el sistema va a realizar validaciones sobre
    El número de declaración.
    El agente de transporte.
    El medio de transporte.
    El código de bandera.
  • Número de Declaración
    En caso que el estado de la declaración sea «Denunciado», se mostrará el mensaje: «No se puede continuar, la declaración se encuentra en estado: denunciado».
    En caso que el estado de la declaración sea «Anulado», se mostrará el mensaje: «No se puede continuar, la declaración se encuentra en estado: anulado».
    En caso que el operador no esté registrado para la declaración, se mostrará el mensaje: «No se puede continuar, el CUIT del operador no coincide con la declaración».
  • Agente de Transporte: En este caso se valida que se trate de un agente de transporte registrado. Caso contrario, se mostrará el mensaje: “El ATA ingresado no está registrado”.
  • Medio de Transporte: En este caso el campo es libre y se pueden ingresar hasta 20 caracteres. No se realizan validaciones.
  • Código de Bandera: En caso que el código de bandera ingresado no se corresponda con un país, se mostrará el mensaje «El código de bandera no corresponde con ningún país».
  • El sistema presentará los datos que ingresaste para que los revises. Si los datos están correctos hacé clic en “Confirmar”, si no hacé clic en “Rechazar” para volver a la pantalla anterior.
  • En la sección «Dependencia» vas a encontrar el dato que hayas ingresado en tu declaración.
  • En la sección «Área» vas a encontrar un menú desplegable para que elijas la oficina de destino.
  • En la sección «Cuerpo del texto» tenés que ingresar el motivo por el cual solicitás esta modificación. Cuando termines cliqueá en “Siguiente”.
  • Si bien este trámite no requiere que adjuntes formularios, podés seleccionar “Documentos Varios” y adjuntar archivos .pdf que acompañen tu trámite. Cuando termines, cliquea en “Continuar” para finalizar el trámite.
  • Una vez finalizado el trámite, el sistema te va a mostrar el número de SITA de tu trámite. El número de SIGEA no es requerido para este trámite.
  • Con el trámite finalizado, el sistema le enviará un e-mail al jefe de la oficina de destino que seleccionaste y también a su reemplazante para que comiencen a gestionar tu trámite.
  • El Servicio Aduanero podrá notificar mediante SICNEA la resolución del trámite. Los estados de resolución podrán ser los siguientes: “Aprobado”, “Rechazado”, “Anulado”. Cabe aclarar que si bien presenta el trámite y se validan los datos que se quiere rectificar, la modificación se realizará únicamente cuando el trámite es aprobado por el servicio aduanero.

El tiempo de duración del trámite es el tiempo que demande la gestión del trámite del jefe de la oficina de destino que seleccionaste.

Enlace | Rectificación de la Declaración de Exportación

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